Motor de IVA
Calcula el IVA mensual de toda tu cartera, cliente por cliente
Akuenta toma los CFDIs que descargó del SAT y arma el pago mensual de IVA de cada contribuyente por flujo de efectivo: PUE y PPD en su mes, el orden del artículo 5-D, las retenciones de los dos lados y el saldo a favor arrastrado. Lo que depende de tu criterio te lo señala con el motivo, para que decidas tú.
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Qué se calcula solo, sin que tengas que intervenir
El cálculo mensual de IVA de un contribuyente se arma completo a partir de sus CFDIs y de sus pedimentos. Estos son los seis bloques que Akuenta resuelve por su cuenta, y de los que puedes ver el desglose renglón por renglón.
Flujo de efectivo, PUE y PPD
El IVA se reconoce en el mes en que la operación se cobra o se paga, no en el que se factura. Un CFDI con método de pago PUE solo conserva esa clave si el pago se recibe a más tardar el último día del mes de emisión (regla 2.7.1.39 de la RMF 2026); uno PPD entra con su complemento de pago.
El orden del artículo 5-D de la LIVA
Al IVA causado por el total de las actividades del mes se le resta el IVA que le retuvieron al contribuyente en ese mes y el IVA acreditable del mes; la diferencia es el impuesto a cargo o el saldo a favor. El saldo a favor de meses anteriores se aplica después, en renglón separado.
Retenciones de los dos lados
Dos terceras partes del IVA cuando una persona moral recibe servicios personales independientes, arrendamiento o comisión de una persona física; 4 % en autotransporte terrestre de bienes; y 100 % del IVA cuando se adquieren bienes tangibles, o se usan o gozan temporalmente, de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente.
Arrastre del saldo a favor
Desde 2019 un saldo a favor de IVA tiene dos salidas: acreditarlo contra el IVA a cargo de los meses siguientes hasta agotarlo, o solicitar su devolución por el total (Art. 6 LIVA). Akuenta lo arrastra mes a mes en cascada y deja el rastro de qué saldo se consumió en cada declaración.
Proporción de acreditamiento, solo cuando tú la activas
La proporción del artículo 5-V de la LIVA se aplica únicamente si tú declaras que el cliente tiene actividades mixtas. Mientras no lo hagas, el cálculo trata todo como gravado. Akuenta no puede saber si un contribuyente realiza actos exentos: esa es información tuya, no del CFDI.
IVA de importación e IVA virtual
El IVA pagado en aduana se incorpora a partir del pedimento, que no viaja en un CFDI. El IVA virtual por importación de servicios se causa y se acredita en la misma declaración (Art. 24 LIVA y Art. 50 de su Reglamento) y Akuenta lo presenta como información del resultado, para que se vea de dónde sale cada renglón.
Nada se adivina en silencio
Cuando falta un dato o la ley admite dos tratamientos, Akuenta te lo dice; no elige por ti. Calculamos lo que es derivable del CFDI y de la ley, y lo que depende de tu criterio te lo señalamos con el motivo, para que la decisión quede donde tiene que quedar.
Una bandera no es un fallo del sistema: es el sistema diciéndote dónde mirar. Por eso cada una llega con su razón escrita, y esa razón siempre es de uno de dos tipos: falta un dato que el comprobante no contiene, o el caso depende de tu criterio profesional. El objetivo no es un número rápido: es un número que puedas sustentar el día que te llegue una carta invitación.
Las banderas que verás con más frecuencia
Cada renglón dice qué señala Akuenta, por qué lo señala y qué queda en tus manos. Ninguna bandera bloquea el cálculo: el resultado se produce igual, con la marca puesta.
| Qué señala Akuenta | Tipo de motivo | Por qué lo señala | Qué queda en tus manos |
|---|---|---|---|
| Un pago de más de $2,000 con forma de pago en efectivo | Dato ausente | Los pagos mayores a $2,000 deben hacerse por medios bancarizados —transferencia desde cuentas a nombre del contribuyente, cheque nominativo, tarjeta o monederos autorizados (Art. 27, fracción III de la LISR)—; pagados en efectivo, el gasto no es deducible y su IVA no es acreditable. El atributo FormaPago del CFDI es un indicio de cómo se pagó, no una prueba. | Cotejar contra el estado de cuenta y decidir si el IVA de ese gasto entra o no. |
| Combustible con forma de pago en efectivo, por cualquier importe | Dato ausente | En combustibles no existe el umbral de $2,000: el pago debe ser bancarizado siempre, aunque la carga sea de $300 (Art. 27, fracción III, segundo párrafo de la LISR). Además, el CFDI de combustible debe incluir el permiso vigente del proveedor conforme a la Ley de Hidrocarburos. | Confirmar el medio de pago real y revisar que el comprobante traiga el permiso. |
| Consumo en restaurante | Criterio profesional | El tratamiento de un consumo en restaurante depende de hechos que no están en el comprobante: quién consumió, con qué motivo y bajo qué regla de deducibilidad se está tomando. Akuenta reconoce el tipo de gasto y lo pone delante de ti. | Aplicar la regla de deducibilidad que corresponda al caso concreto de tu cliente. |
| Una tasa de retención que no coincide con los supuestos típicos | Criterio profesional | El comprobante trae una retención cuyo porcentaje no corresponde a las dos terceras partes, al 4 % de autotransporte ni al 100 % de residentes en el extranjero. Puede ser correcta y responder a un supuesto distinto, o puede ser un error de quien emitió. | Verificar el supuesto que aplica a esa operación antes de darla por buena. |
| Una estructura de comprobante que el motor no tiene cubierta | Dato ausente | El CFDI trae una combinación de atributos, complementos o traslados que el motor no reconoce con certeza. Cuando eso pasa, Akuenta lo dice y aísla el importe en vez de meterlo en un renglón por aproximación. | Revisar el comprobante y determinar su tratamiento a mano. |
| Un proveedor publicado en las listas del artículo 69-B del CFF | Criterio profesional | Si un proveedor aparece en el listado definitivo, los CFDI que emitió no producen efectos fiscales y el IVA que se acreditó con ellos queda en riesgo. La ley da a quien les dio efectos fiscales un plazo de treinta días a partir de la publicación del listado para acreditar la materialidad de las operaciones ante el SAT o corregir su situación fiscal. | Decidir la ruta con el contribuyente. Qué conviene hacer en cada caso corresponde a su contador o a su abogado; Akuenta detecta y avisa. |
La lista de supuestos de retención del artículo 1-A de la LIVA es más larga que los casos típicos de arriba, y la de banderas del motor también. Aquí están las que más aparecen en una cartera real, no todas las que existen.
Los supuestos del cálculo viajan con el resultado
Hay decisiones que el motor tiene que tomar para poder producir un número, y que no son banderas porque no te piden nada: son supuestos declarados. Akuenta los entrega como parte del resultado, con nombre, para que sepas sobre qué base está construido cada renglón.
- Se asume el entero en tiempo de la retención
- El IVA que una empresa retiene a sus proveedores no se acredita en el mes en que lo retiene: conforme al artículo 5, fracción IV de la LIVA, podrá acreditarse en la declaración mensual siguiente a aquella en la que se enteró la retención. Akuenta corre ese importe al mes siguiente asumiendo que el entero se hizo en tiempo, y lo dice. Existe debate profesional sobre el mes exacto: la conclusión es tuya.
- El IVA virtual se presenta como información
- El IVA virtual por importación de servicios se causa y se acredita en la misma declaración, de modo que su efecto neto en el pago es cero. Akuenta lo muestra explícito en el resultado en vez de ocultarlo por neutro, porque es lo que permite explicar el renglón cuando alguien pregunte de dónde salió.
Cliente por cliente, en la misma pantalla
Un despacho no calcula un IVA: calcula treinta, ochenta o ciento cincuenta entre el día 10 y el día 17. Akuenta trabaja sobre la cartera completa y mantiene separada la configuración fiscal de cada contribuyente, porque no todos son iguales.
Configuración fiscal por cliente
El modo de acreditamiento —todo gravado o mixto— y el resto de parámetros se declaran por contribuyente y se conservan de un mes al siguiente.
Desglose auditable del resultado
Cada renglón del pago mensual se puede abrir hasta los comprobantes que lo forman. Si el número cambia, se ve qué lo cambió.
Las banderas, a la vista
Las marcas de cada cliente se listan juntas, para que puedas resolverlas en bloque en vez de descubrirlas una por una al cerrar.
Qué sigue después del cálculo
Tener el número no cierra el mes. Lo que cierra el mes es poder sostenerlo: por eso el siguiente paso esconciliar el resultado contra el prellenado del SATy quedarse con el papel de trabajo que explica cada diferencia. Y si quieres ver antes, sin rodeos, dónde se detiene el producto y dónde empieza tu trabajo, está escrito completo enqué detecta y qué no calcula Akuenta.
Por qué puedes fiarte del cálculo
Akuenta es nuevo y no vamos a inventarnos clientes para aparentar lo contrario. Lo que sí podemos enseñar es cómo se construyó el motor fiscal.
Verbatim
Auditado contra el texto oficial
Cada fundamento del motor se cotejó palabra por palabra contra los textos consolidados de la Cámara de Diputados y contra la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 publicada en el DOF.
2 rondas
Revisado por contadores en ejercicio
No por el equipo que lo programó. Los cálculos que dependen de criterio profesional se marcaron como tales en vez de resolverse por defecto.
26
Códigos de validación antes de generar la DIOT
12 bloquean la generación, 11 advierten y 3 informan. El objetivo es que el archivo no falle al cargarlo, no que se genere pase lo que pase.
54 campos
Layout cotejado contra el instructivo del SAT
El formato vigente de la DIOT desde agosto de 2025, con la clasificación por zona geográfica que introdujo la nueva plataforma.